Referencia bibliográfica
BERISTAIN, Antonio (1985): «Los terrorismos en el País Vasco y en España», Azpilcueta: Cuadernos de Derecho, nº 2, pp. 161-200.
Resumen
Páginas que sirvieron de base para la exposición oral el 9 de junio en las Décimas Jornadas de Estudio del Instituto de Criminología, de París, sobre «Aspectos actuales del terrorismo en Europa», celebradas en La Sorbona, los días 9 y 10 de junio de 1982. Ahora he ampliado el texto y he añadido algunas notas e informaciones. Dos conceptos resultan básicos para aclarar algo el problema que nos ocupa: fuerza y violencia. La ley de la fuerza difiere esencialmente de la fuerza de la ley, recordando el título del libro de Alfonso de Castro, De potestate legis poenalis (1558). La coacción física, empleada legalmente por autoridades democráticamente constituidas y controladas, es legítima y debe ser denominada poder o «fuerza» de la ley. En cambio, el término «violencia» debe aplicarse solamente a actos de coacción física o psicológica ilegal contra las personas (y quizás contra las cosas); actos y actitudes que violan las normas democráticamente establecidas y, sobre todo, violan los derechos humanos. La violencia es el predominio del prejuicio sobre el sentido.
Autor
Antonio Beristain Ipiña. Página del autor en Dialnet.
Tipo de documento
Artículo